Tras levantarse el secreto de sumario, la fiscalía comunica los avances en la investigación relacionada con la muerte del músico británico ocurrida el 16 de octubre pasado en un hotel del barrio porteño de Palermo. Se realizaron nueve allanamientos y los acusados fueron notificados de la imputación.
La Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°14, a cargo del fiscal Andrés Esteban Madrea, informa, luego de levantarse el secreto de sumario, que en el marco de la investigación por la muerte del músico británico Liam James Payne, ocurrida el 16 de octubre cuando cayó de un balcón en un hotel del barrio porteño de Palermo, se descubrieron conductas ilícitas a partir de las cuales tres personas fueron imputadas por los delitos de abandono de persona seguido de muerte, suministro y facilitación de estupefacientes.
Desde el inicio de la investigación y en pocos días, se llevaron a cabo acciones y medidas exhaustivas y meticulosas para esclarecer las circunstancias que rodearon el fallecimiento del artista.
En este sentido, se recibieron en la sede del Ministerio Público Fiscal varias decenas de testimonios, que incluyen a personal del hotel, familiares y allegados, profesionales médicos, bioquímicos y psiquiatras.
También se realizó un análisis detallado de más de 800 horas de videofilmaciones de diversas cámaras de seguridad del hotel y otras de la vía pública, con personal de la fiscalía y analistas especializados de la Superintendencia de Investigaciones Especiales y de la División Apoyo Tecnológico de la Policía de la Ciudad, puestos a disposición desde el primer momento por la Subjefatura de la Policía de la Ciudad, a cargo de Jorge Guillermo Azzolina.
Asimismo, se logró realizar la extracción forense del contenido del celular del músico fallecido. A partir de ello, se analizaron sus llamadas, mensajes, chats en aplicaciones de mensajería y redes sociales.
Se relevó el registro de los huéspedes y las comandas del bar/restaurante del hotel, para saber quién visitó al músico y sus hábitos de consumos de bebidas y comida.
También, con el auxilio de personal experto de la Superintendencia de Lucha contra el Cibercrimen de la Policía de la Ciudad, a cargo del comisario general Carlos Gabriel Rojas, en poco tiempo se obtuvieron y examinaron varios gigabytes de la extracción de datos de otros teléfonos celulares como el de la recepción del hotel y los de testigos que los ofrecieron de manera voluntaria para corroborar sus dichos.
Por su parte, luego de la autopsia de rigor, se cumplieron y finalizaron todos los estudios tanatológicos y los de laboratorio que fueron necesarios, y se ordenó la reserva de las muestras pertinentes completas para cualquier cotejo futuro, según los protocolos, indicaciones y dictámenes del Cuerpo Médico Forense.
Tras ello y con la opinión favorable de la fiscalía, el Juzgado Criminal y Correccional N°34, a cargo de la jueza Laura Graciela Bruniard, autorizó la entrega del cuerpo al padre del fallecido, Geoff Payne, lo que se efectivizó durante el fin de semana pasado. Todo el proceder fue informado en persona al padre del músico.
Las imputaciones
A raíz de las evidencias recopiladas y tras analizar los varios cuerpos de actuaciones y numerosos anexos documentales y los antecedentes del caso, el fiscal Madrea imputó formalmente a tres personas, solicitando su indagatoria y detención en un dictamen de 180 páginas presentado el viernes pasado ante la jueza Bruniard.
El primero de los acusados es quien acompañaba de manera cotidiana al artista durante su estadía en la ciudad de Buenos Aires, a quien se lo imputa por los delitos de abandono de persona seguido de muerte -contemplado en el artículo 106 del Código Penal y que prevé pena de 5 a 15 años de prisión-, en calidad de autor, en concurso ideal con suministro y facilitación de estupefacientes (art. 5 inc. e) de la Ley 23.737 de Estupefacientes).
El segundo imputado es un empleado del hotel que debe responder por dos suministros comprobados de cocaína a Liam Payne en el periodo en que se encontraba en el hotel, y el tercero, también un proveedor de estupefacientes que está imputado de otros dos suministros claramente comprobados durante dos momentos diferentes del 14 de octubre. A ambos se los imputó por el delito de suministro de estupefacientes, dos hechos cada uno. (art. 5 inc. e) de la ley 23.737).
En el dictamen, se detalla la investigación realizada por la fiscalía para reconstruir los días en los que Payne estuvo alojado en el hotel “Casa Sur” de la calle Costa Rica 6092 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre el 13 y el 16 de octubre pasado.
Además, se solicitaron nueve allanamientos en domicilios de la Capital Federal y la provincia de Buenos Aires, así como la instauración del secreto de sumario hasta que se ejecutaran, para proteger sus resultados y también la lógica integridad de la investigación.
La jueza Bruniard, de conformidad con lo dictaminado y las pruebas presentadas que analizó, hizo lugar a los allanamientos pedidos por la fiscalía que se realizaron con resultados positivos, y tuvo en cuenta los hechos imputados por el Ministerio Público Fiscal para notificar a los acusados y prohibirles la salida del país.
Más allá de la contundencia probatoria que se logró hasta el momento (visual, registral, médica, científica, documental, telefónica, testimonial, etc), se debe continuar la investigación, pues, entre otras diligencias, aún está en curso el desbloqueo de la netbook personal de la víctima -que está averiada- y otros aparatos incautados en la investigación.
Primeras conclusiones
Según la investigación encabezada por Madrea y su equipo de trabajo de la fiscalía, que analizó testimonios, videofilmaciones, mensajería, documentos, facturas, redes sociales y comunicaciones, entre otros elementos, se acreditaron de manera visible, concreta y contundente al menos cuatro suministros de estupefacientes de terceros y otras facilitaciones de consumos adictivos, por parte de su entorno directo, que tuvieron como destinatario al exintegrante del grupo One Direction durante su alojamiento en el mencionado hotel, entre el 13 y 16 de octubre último.
Los resultados de los estudios toxicológicos -ya comunicados a su familia- revelaron que, en los momentos previos a su muerte y en el lapso de al menos sus últimas 72 horas, Payne solo presentaba en su cuerpo rastros de un policonsumo de alcohol, cocaína y un antidepresivo recetado. A esa conclusión se llegó tras los análisis toxicológicos completos sobre orina, sangre y humor vítreo, realizados en muy corto tiempo.
Los tanatólogos del Cuerpo Médico Forense (CMF) que realizaron la autopsia fueron el director de la Morgue Judicial, Santiago Maffia Bizzozero, y el médico forense Roberto Víctor Cohen, quienes concluyeron que la muerte de Payne se produjo por “politraumatismos” y “una hemorragia interna y externa”, producto de la caída que el músico sufrió desde el balcón de la habitación del tercer piso del hotel del barrio de Palermo donde se alojaba.
En tres informes ampliatorios de consideraciones médico-legales, pedidos por el fiscal Madrea, Maffia Bizzozero y Cohen ratificaron, entre otros puntos, que todas las lesiones que presentaba Payne eran compatibles con las producidas por caída en altura y que se descartaban las autolesivas de cualquier tipo y/o también la intervención física de terceras personas. También destacaron que la víctima no llegó a adoptar una postura refleja para protegerse en la caída, por lo que, de momento, se puede inferir que pudo haberse precipitado en un estado de semi o total inconsciencia.
Sobre este punto, el fiscal Madrea solicitó un informe de psiquiatría forense adicional y le tomó testimonial a la experta que lo elaboró. Si bien aún deben analizarse otros antecedentes médicos de la historia clínica de la víctima, el fenómeno de la falta de defensa o reflejo de conservación en la caída, junto a otros datos relevantes por su consumo, permiten concluir que Liam Payne no estaba plenamente consciente o atravesaba un estado de disminución notoria o abolición de la consciencia al momento de la caída.
Para la fiscalía, esa situación también descartaría la posibilidad de un acto consciente o voluntario por parte de la víctima, ya que, en el estado en el que atravesaba, no sabía lo que hacía ni podía entenderlo.
La fiscalía también recuerda que, continuando con el criterio mantenido desde el comienzo de la causa, la comunicación estará limitada a los canales institucionales del MPF, para hacer públicos los avances de la investigación y ante los requerimientos periodísticos por la alta exposición pública que tenía el músico, pero siempre respetando la memoria de la víctima.
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