Para las representantes del MPF, el hombre de 46 años asesinó a su pareja en un contexto de violencia de género, que quedó demostrado por la “excesiva posesividad” con la que se manejaba y el constante asedio y vigilancia que ejercía. Además, solicitaron que se incluya al hijo de la víctima dentro del régimen previsto en la ley “Brisa” de Reparación económica para niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia.
La responsable de la Fiscalía General N°30 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, María Luz Castany, solicitó hoy la pena de prisión perpetua para el prestamista de nacionalidad paraguaya acusado de haber cometido el femicidio íntimo de su pareja Ferni Cristina Ayala, en febrero de 2023 en el barrio Zavaleta de la ciudad de Buenos Aires.
Junto con la auxiliar fiscal Daniela Portas, requirieron al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOCC) Nº17 que considere al imputado Esteban Rojas Almada (46) como autor de los delitos de “femicidio doblemente agravado por haber sido cometido contra su pareja y por haber mediado violencia de género” y “portación de arma de guerra sin la debida autorización legal, agravada por registrar un antecedente penal por un delito doloso contra las personas y con el uso de armas”.
Por otra parte, las representantes del MPF solicitaron a los jueces Pablo Vega, Julio López Casariego y Juan Giudice Bravo que se contemple dentro de la sentencia la inclusión del hijo de la víctima dentro del régimen previsto en la Ley N°27452 -más conocida como “Brisa”- de Reparación económica para niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia.
El caso
Para la fiscalía, quedó acreditado que el 19 de febrero de 2023, entre las 7.44 y las 9.15, Rojas Almada disparó contra Ayala Palacios con una pistola 9 milímetros a una distancia de entre 5 y 15 centímetros. Previo a ello, la mujer habría intentado protegerse de una agresión física por parte de su agresor, producto de lo cual tenía lesiones en manos, muñecas, antebrazos, brazos, cabeza, cuello y piernas.
Esa madrugada, la pareja había ido a un boliche en Constitución a ver una banda de música junto con familiares y amigos. Pasadas las 4, se dirigieron a una discoteca llamada “La Sirenita” ubicada a menos de dos cuadras de distancia. Allí, cerca de las 6 de la mañana, el acusado tuvo una discusión con uno de los amigos de su pareja.
Tras esto, Rojas Almada y Ayala Palacios se retiraron en el Volkswagen Vento del hombre hacia el domicilio en el que convivían, en la manzana 18 del Barrio Zavaleta (Villa 21-24). Una cámara de seguridad registró cuando la mujer ingresó al departamento, alrededor de las 7.41 del 19 de febrero y minutos después lo hizo Rojas Almada. Dentro de la vivienda se produjo la agresión física contra la joven de 28 años. El acusado primero se cambió para ir a ver a su madre. Pasadas las 9.15, se retiró del domicilio y se mantuvo prófugo cinco meses, hasta que fue hallado por Interpol en Paraguay.
De acuerdo a lo que reconstruyó la fiscalía, a través del testimonio de las hermanas y los amigos que habían salido con la pareja esa madrugada, Ferni se había mostrado nerviosa y hasta había llorado después de la discusión que había mantenido el acusado.
La familia de la víctima intentó contactarla telefónicamente y hasta fueron varias veces a la casa durante el mediodía y la tarde del 19 de febrero. Al no poder ubicarla, radicaron una denuncia ante la Comisaría Vecinal 4D. Pasada la una de la mañana del 20 de febrero, un vecino ayudó a una de las hermanas y a su cuñada a derribar la puerta para acceder a la vivienda. Allí encontraron a Ferni fallecida en el piso de la habitación y con un impacto de bala en el pecho.
El contexto de violencia de género
Para la fiscal Castany, durante el juicio se pudieron reunir indicios concretos que dieron cuenta de que el vínculo entre Rojas Almada y Ferni “estuvo atravesado por una desigualdad estructural”. Consideró que el acusado la celaba constantemente “como si fuera objeto de su posesión” y que la asimetría en la relación se apreciaba desde el comienzo.
Más allá de los casi 20 años que había de diferencia entre ambos, marcó que la situación económica en la que se encontraban era muy disímil: mientras ella había estado en prisión domiciliaria y había vendido tortas para mantener a su hijo, él se dedicaba a otorgar préstamos, dándole órdenes a su familia de cómo debían manejarse dichos asuntos. En ese sentido, puntualizaron que el origen de los fondos está siendo investigado en el marco de una causa por lavado de activos.
La fiscal señaló que la relación entre ambos comenzó luego de una reunión en la casa de la chica y que poco tiempo después, ella se mudó a la casa de Rojas Almada. A partir de ahí, en base a lo que contaron su familia y sus amigos en el juicio, la joven comenzó a distanciarse de su núcleo más cercano y comenzó a trabajar para su novio. En ese sentido, resaltó la influencia que tenía tanto el imputado como su familia en el barrio, debido al negocio que manejaban.
Luego, rememoró lo que el círculo de Ferni marcó ante los jueces: cómo la joven era monitoreada todo el tiempo, cómo cambió sus redes sociales y hasta su número de celular y hasta cómo había bajado de peso desde que estaba en pareja con el imputado. Para la fiscalía, esas situaciones sumadas a las apariciones “repentinas” que tenía Rojas Almada y el control que ejercía sobre la víctima -que incluso le mandaba fotos de dónde estaba o qué estaba haciendo-, eran indicios que daban cuenta del control que ejercía el acusado y las cosas que hacía ella para que él no se enojara.
“Rojas Almada la controlaba permanentemente, monitoreaba su celular para ver hasta con quién hablaba”, remarcó la fiscal Castany e hizo foco en que, durante el noviazgo, Ayala se modificó dos tatuajes que tenía: uno con el nombre de una expareja y otro donde mencionaba al hijo de un exnovio.
Al momento de analizar la indagatoria que brindó el acusado, donde sostuvo que la muerte se dio por un forcejeo entre ambos y que era ella quien lo celaba constantemente, la fiscalía consideró que la versión dada por Rojas Almada no coincidía con las evidencias del caso.
Mostró entonces los peritajes realizados en el caso que dieron cuenta de que Ferni intentó defenderse de la agresión. Estableció además que la versión del acusado no coincidía con la mecánica del disparo y el lugar donde se halló el cuerpo de la víctima. Explicó que no se trató de un disparo “a quemarropa”, o sea, con el arma apoyada sobre el cuerpo de la chica, una situación que sí sería compatible con una maniobra de forcejeo como la que describió el hombre.
Incluso puntualizó que la mujer tenía una lesión en el cuello, atribuida con una maniobra de estrangulamiento manual. Analizó luego la escena del crimen y explicó que los rastros de sangre hallados en la habitación, un pantalón del acusado, la bañera y en el sector de escaleras de la casa (varios de ellos a través de rayos UV porque no era posible observarlos a simple vista) no eran compatibles con una maniobra de arrastre del cuerpo pero sí de transferencia.
Es decir, que esos rastros hemáticos que pertenecían a la víctima habían llegado ahí porque fue el acusado quien los transfirió a las distintas superficies. En esa línea, aseguró que se encontró material genético correspondiente a una tercera persona. “La escena del hecho fue objeto de contaminación y alteración”, sostuvo e hizo foco en que el arma, que era propiedad de Rojas Almada, nunca fue hallada.
Las características del femicidio íntimo
Para el MPF, la escena de celos en el bar “La Sirenita” que le provocó a Ferni una “visible angustia” fue el detonante para que, al llegar a la casa, el imputado disparara y matara a la joven. “Nos basamos en el contexto de violencia de género, en los elementos que surgen de la escena del hecho, de la autopsia al cuerpo, en la absoluta inconsistencia de la versión del imputado, en el análisis que hicieron los peritos y en el patrón de conducta que mostró”, enumeró. En ese sentido, agregó la declaración no solo de amigas de la joven sino también de una expareja de Rojas Almada que dio cuenta de las agresiones que también caracterizaron ese vínculo, además de enumerar como otras mujeres habían pasado por situaciones similares.
“La violencia de género suele darse en la intimidad, sin testigos directos y sin que tenga que ver la imagen que los agresores dan a los demás”, explicó la auxiliar fiscal cuando recordó los testimonios de los testigos aportados por la defensa, que describieron al hombre como atento y que “tenía como una princesa” a la víctima.
“El contexto de violencia de género se evidenciaba en la excesiva posesividad que ejercía Rojas Almada, en el constante asedio y en la vigilancia que hacía de los movimientos de Ferni”, resaltó la fiscal Castany. Indicó que eso se cristalizó en los cambios en el aspecto físico, en las señales de lesiones que le vieron en su familia y hasta en el alejamiento de su hijo.
“La enorme asimetría de poder entre ambos (por la edad y la situación económica) se vio acentuada por el despliegue de poder que ejercía el hombre en la comunidad donde vivía”, describió. Por todo lo expuesto, requirió que se lo condene a prisión perpetua por el femicidio de Ferni y agregó que por el tipo de delito y la pena no se contemplaban atenuantes ni agravantes. El debate continuará el próximo 4 de diciembre con el alegato de la querella.
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